Art. Artículo único
1 / 95En vigor desde 2 jul 1978
Se aprueba el adjunto Reglamento para la aplicación de la Ley cinco/mil novecientos setenta y siete, de cuatro de enero, de Fomento de Producción Forestal.
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Proeli/es/rd/1978/05/02/1279#articulo-unico