Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 13 oct 2018
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación o bien el órgano que proceda por delegación, convocará las subvenciones establecidas en estas bases mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.igae.pap.minhafp.gob.es, y un extracto de la misma, en el «Boletín Oficial del Estado».
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