Art. Disposición final cuarta

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 3 abr 2016
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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