Art. 7
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª

Art. 7

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En vigor desde 10 mar 2013
El Consejo General de Colegios Veterinarios de España estará integrado por la Asamblea General de Presidentes, por la Junta Interterritorial y por la Junta Ejecutiva Permanente.
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