Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 37
41 / 138En vigor desde 4 feb 2024
La Asesoría Fiscal del Consejo General informará en materia presupuestaria, contable, de obligaciones mercantiles, fiscales, laborales y atenderá cuantas consultas se le formulen por los colegios acerca de la interpretación de disposiciones y normas en esta materia que les afecten.
La designación de la Asesoría Fiscal corresponde a la Junta Ejecutiva Permanente, a propuesta del Secretario/a General del Consejo.
Se modifica el último párrafo por el art. único.21 del Real Decreto 50/2024, de 16 de enero. Ref. BOE-A-2024-2044
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/02/22/126#art-37