Art. 1
Libro REGLAMENTO DE PROVISIÓN DE DESTINOS DEL PERSONAL DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVILCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Ámbito de aplicación y clasificación de los destinos

Art. 1

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En vigor desde 4 jun 2002
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales de clasificación y provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil de conformidad con lo dispuesto en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
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eli/es/rd/2001/11/19/1250#art-1