Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 7 mar 2012
1. La Dirección del Instituto Español de Estudios Estratégicos recaerá en un oficial general, oficial o funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos en la normativa vigente, con el nivel orgánico que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo. 2. Corresponde al Instituto Español de Estudios Estratégicos desarrollar actividades de investigación y difusión de la cultura de seguridad y defensa, así como las demás recogidas en la Orden Ministerial 228/2001, de 24 de octubre, por la que se desarrollan las funciones del Instituto Español de Estudios Estratégicos, modificada por la Orden Ministerial 188/2004, de 28 de octubre. Se añade por la disposición final 1.5 del Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2012-3162 .

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Pro

eli/es/rd/1997/07/24/1249#art-6