Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 12 dic 2024
La sede de SEPIDES E.P.E. se mantendrá en Madrid. El Consejo Rector de SEPIDES queda facultado para variar el domicilio legal dentro de la misma capital, así como para establecer, modificar o suprimir oficinas, sucursales, o representaciones o dependencias en cualquier lugar, con el cometido, facultades y modalidades de funcionamiento que el propio Consejo Rector determine, previo informe favorable de SEPI.
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eli/es/rd/2024/12/10/1247#art-3-1