Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 12 dic 2024
1. El objeto de la AECID es, de acuerdo con el artículo 31.1 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, el fomento, programación, coordinación operativa, gestión y ejecución de las políticas públicas de la Cooperación Española para el desarrollo sostenible, acción humanitaria y educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Departamentos ministeriales, organismos del Sector Público Estatal, Comunidades autónomas, entidades locales y organismos especializados. 2. En su actuación, la AECID persigue el cumplimiento de los objetivos de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible establecidos en el artículo 4 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero. 3. La cooperación realizada por la AECID busca promover el progreso y desarrollo de un mundo más justo, sostenible y próspero y tiene los siguientes fines: a) Contribuir a la construcción de sociedades y economías que pongan a las personas en el centro, mediante la reducción de las desigualdades y la lucha contra la pobreza y todo tipo de discriminación, el impulso de la igualdad de género desde un enfoque de cooperación feminista e interseccional, y la promoción del respeto y defensa de los derechos humanos y la diversidad cultural. b) Apoyar y promover la preservación del planeta mediante el apoyo a los países socios en la lucha contra las grandes crisis globales medioambientales, incluida la del cambio climático, así como una transición ecológica justa que no deje a nadie atrás. c) Generar oportunidades para un mundo más próspero, impulsando la construcción de economías incluyentes y que generen empleo digno, el acceso igualitario a los medios de vida y a los servicios sanitarios, educativos y culturales, y la promoción de la cultura a través del impulso de la acción y la cooperación cultural para el desarrollo sostenible. d) Construir y promover la paz, la justicia y la solidaridad global a través del fortalecimiento de los sistemas democráticos y el estado de derecho, la libertad y la seguridad humanas; y la sensibilización y educación para el desarrollo y la ciudadanía global, así como mediante una acción humanitaria basada en los principios humanitarios establecidos internacionalmente y una visión integrada de las dimensiones humanitaria, de desarrollo y de construcción de la paz. e) Trabajar en alianza, construyendo, manteniendo y fomentando las alianzas multiactor y multinivel con el resto de los actores que contribuyen al desarrollo sostenible a escala global y con los países socios. f) Constituir una organización flexible y dinámica que proporcione una respuesta adaptada a las necesidades de sus socios, comprometida con el aprendizaje y la innovación y el fomento del desarrollo profesional de su personal.
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eli/es/rd/2024/12/10/1246#art-2