Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ORQUESTA NACIONAL DE ESPAÑA›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 22
29 / 33En vigor desde 12 dic 2002
El Director titular podrá decidir el carácter rotativo de los atriles de la cuerda si lo considera conveniente, así como la actuación de solistas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2002/11/29/1245#art-22