Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 3 dic 2021
De conformidad con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, todas las denominaciones que aparecen en este real decreto, referidas a cargos, titulares o miembros de órganos o colectivos de personas, se realizarán utilizando términos inclusivos, que hagan referencia o bien a la función, responsabilidad o cargo o bien a las personas titulares de los mismos. Se añade por el art. único.41 del Real Decreto de 8 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19905

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Pro

eli/es/rd/2011/09/08/1239#disposicion-adicional-sexta