Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Sistema contable
Art. 227
237 / 282En vigor desde 23 sept 2011
Al término de cada ejercicio económico, el Gerente elaborará la liquidación del presupuesto y el resto de documentos que constituyen las cuentas anuales que serán aprobadas por el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/09/08/1239#art-227