Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª La programación plurianual
Art. 216
226 / 282En vigor desde 23 sept 2011
La Universidad elaborará una programación plurianual que comprenderá la evaluación económica del plan de actividades que se realizarán en un período de cuatro años y se actualizará anualmente.
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Proeli/es/rd/2011/09/08/1239#art-216