Art. 148
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 148

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En vigor desde 23 sept 2011
El personal docente e investigador de la UNED estará compuesto por funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y por personal contratado. Asimismo tendrán la consideración de personal docente e investigador en formación los becarios que colaboren en tareas de docencia o investigación.
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