Art. 129
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 129

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En vigor desde 23 sept 2011
Los Centros Asociados estarán integrados por los profesores tutores, el personal de administración y servicios y los estudiantes vinculados a cada uno de ellos y contarán con los medios e infraestructuras que se requieran para su funcionamiento.
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eli/es/rd/2011/09/08/1239#art-129