Art. Artículo único
1 / 66En vigor desde 10 nov 2001
Se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de la profesión de Enfermería, que figuran en el anexo a este Real Decreto.
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Proeli/es/rd/2001/11/08/1231#articulo-unico