Art. 5
5 / 20En vigor desde 1 dic 2001
Toda sospecha o confirmación de la circulación del virus de la fiebre catarral ovina se notificará de forma inmediata a la autoridad competente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/11/08/1228#art-5