Art. 14
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 14

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En vigor desde 16 nov 2006
En su caso, el incremento anual de la dotación del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa y del importe total máximo de los proyectos que a lo largo del año pueda aprobar el Comité Ejecutivo de este Fondo se regirá por el procedimiento establecido en el artículo 6.
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eli/es/rd/2006/10/27/1226#art-14