Art. 7
7 / 17En vigor desde 15 oct 2005
Corresponde a la Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación:
a) La elaboración de propuestas normativas en materias de la competencia del Instituto.
b) La emisión de informes sobre normas y proyectos de ámbito nacional e internacional con incidencia en el área de personas mayores y de personas dependientes.
c) La ordenación normativa y simplificación de los procedimientos administrativos de gestión.
d) La ordenación y gestión de las acciones de cooperación y coordinación con las comunidades autónomas y otras entidades, públicas y privadas.
e) El apoyo técnico y jurídico a los órganos consultivos del Instituto.
f) La elaboración, seguimiento y evaluación de las prestaciones y servicios correspondientes a la situación de dependencia.
g) La elaboración, seguimiento y evaluación de planes, programas y servicios dirigidos a las personas mayores y a las personas dependientes.
h) El apoyo administrativo y la asistencia técnica al Consejo Estatal de Personas Mayores.
i) El seguimiento e impulso de las acciones que, con relación a la entidad, emanen de la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales.
j) La elaboración, actualización técnica y ordenación jurídica de los baremos para la calificación de la discapacidad y de la dependencia, así como el mantenimiento, seguimiento y evaluación de la base de datos estatal con los resultados de la valoración.
k) La elaboración y ejecución de los programas de estudios y de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) en materia de personas mayores, envejecimiento y personas en situación de dependencia.
l) El desarrollo y la implantación de modelos de gestión de calidad y de sistemas de acreditación y de evaluación de programas, centros y servicios en el ámbito de competencias del Instituto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/10/13/1226#art-7