Título ANEXO›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
5 / 38En vigor desde 21 jun 1977
Para ser elegido Académico de número son condiciones precisas:
a) Ser español.
b) Tener el Grado de Doctor o Licenciado, según el artículo anterior.
c) Haberse distinguido de modo destacado en la investigación y estudio de las Ciencias que integran la Farmacia, o en servicios a la misma.
d) Observar una conducta pública digna y moral, de acuerdo con el prestigio de la Academia y el honor del cargo.
e) Residir en el Distrito Universitario de Barcelona.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/04/23/1220#art-3