Título ANEXO›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 16
18 / 38En vigor desde 21 jun 1977
El Interventor es el Presidente nato de la Comisión de Hacienda, con voto de calidad, en caso de empate, y a él corresponde la inspección de la marcha del régimen económico de la Academia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/04/23/1220#art-16