Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 1 mar 2015
1. La entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tendrá como máximos órganos de dirección los siguientes: a) El Presidente. b) El Consejo de Administración. c) El Director-Gerente. 2. Los actos dictados por el Presidente y el Consejo de Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán fin a la vía administrativa.
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