Art. 25
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Planes de transporte

Art. 25

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En vigor desde 28 oct 1990
Los planes de transporte regulados en los artículos 15 y 16 de la LOTT podrán ser generales o estar referidos únicamente a determinados modos o clases de transporte. Por razón de su ámbito podrán ser nacionales, cuando afecten a todo el Estado, y territoriales, cuando se extiendan únicamente a una parte de éste.
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eli/es/rd/1990/09/28/1211#art-25