Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 30 sept 2018
1. En el plazo de siete días desde que se produzca el nombramiento o cese de un alto cargo comunicarán e informarán de su nombramiento o cese, de acuerdo con los modelos aprobados a tal efecto, a la Oficina de Conflictos de Intereses: a) Los responsables del Departamento de Recursos Humanos de los organismos y entidades del sector público estatal. b) Los Secretarios de los órganos de administración o de gobierno de las entidades públicas o privadas con representación del sector público estatal. 2. Los sujetos mencionados en las letras a) y b) del apartado anterior serán responsables de la actualización de los datos y su envío electrónico en el plazo establecido.
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