Art. Disposición final primera
17 / 19En vigor desde 22 oct 2006
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª y 17.ª de la Constitución Española.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/10/20/1207#disposicion-final-primera