Art. 338
Título TÍTULO NOVENOCapítulo CAPÍTULO I

Art. 338

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En vigor desde 23 jul 1981
En la Oficina de Administración se llevará la parte burocrática de la gestión económica y servicios de administración y contabilidad del establecimiento comprendidos en el título noveno de este Reglamento.
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eli/es/rd/1981/05/08/1201#art-338