Título TÍTULO OCTAVO›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección decimonovena. Del personal laboral
Art. 325
340 / 439En vigor desde 23 jul 1981
El personal laboral al servicio de los distintos Establecimientos dependientes de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias se regirá por la Reglamentación Laboral que corresponda y el régimen de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rd/1981/05/08/1201#art-325