Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
66 / 68En vigor desde 31 dic 2025
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo el artículo 149.1.9.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre legislación en materia de propiedad intelectual e industrial y en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/12/26/1190#disposicion-final-primera