Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 17
17 / 68En vigor desde 31 dic 2025
1. El escrito de oposición, que estará motivado y debidamente documentado, deberá presentarse en los formularios normalizados que a tal efecto establezca la OEPM, y contendrá los siguientes datos:
a) Número de expediente contra el que se formula la oposición.
b) Nombre de la indicación geográfica solicitada publicada en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial».
c) Nombre del solicitante de la indicación geográfica contra la que se formula la oposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2.a).
d) Fecha de publicación del documento único y del pliego de condiciones en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», conforme al artículo 14.
e) Nombre y dirección del oponente, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 9.2.a) y b).
f) En el caso de que se actúe por medio de representante, el nombre y dirección de éste, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2.c), así como el poder que acredite la debida representación.
g) Declaración que explique el interés legítimo del oponente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.
h) Si la oposición se basa en la causa contemplada en el artículo 15.3.a) del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, una indicación en tal sentido, especificando el requisito o requisitos de protección que no cumple la indicación geográfica solicitada.
i) Si la oposición se basa en alguna de las causas contempladas en el artículo 15.3.b) del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, deberá atenderse a lo siguiente:
1.º Si se basa en un término genérico según la definición del artículo 42 del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, una indicación en tal sentido, especificando el término de que se trate.
2.º Si se basa en un nombre total o parcialmente homónimo de acuerdo con el artículo 43 del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, una indicación en tal sentido, indicando el nombre homónimo anterior solicitado o protegido como indicación geográfica en la Unión.
Si se trata del supuesto del artículo 43.3 a), b) o c) del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, deberá incluir su fecha de presentación y si está solicitado o registrado.
Si se trata del supuesto del artículo 43.3.d) del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, deberá contener una indicación del acuerdo internacional en cuestión.
3.º Si la oposición se basa en una marca o nombre comercial renombrados anteriores o notoriamente conocidos no registrados, en virtud del artículo 44.2 del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, deberá indicarse el número de la marca o nombre comercial anterior. El oponente deberá incluir los productos, servicios o actividades protegidos por la marca o nombre comercial anterior en los que se base la oposición y para los que goce de renombre o sea notoriamente conocida. El escrito de oposición irá acompañado de las pruebas que acrediten el conocimiento notorio o el renombre de dichas marcas o nombres comerciales anteriores.
j) Cuando la oposición se base en el artículo 15.3.c) del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, la indicación del nombre idéntico o similar utilizado en el tráfico económico, o de la marca afectada, o de los productos que hayan sido comercializados legalmente durante al menos los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la solicitud contra la cual se formula la oposición.
Si se tratase de una marca, además deberá indicarse el número, la fecha de presentación o de prioridad y los productos y/o servicios afectados.
k) Cuando proceda, una petición de período transitorio para el cumplimiento del pliego de condiciones de una indicación geográfica, en el sentido del artículo 28.5 del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023. Tal petición deberá ir acompañada de la información y los elementos probatorios que sean pertinentes para la valoración de la misma.
l) Las alegaciones que motiven o fundamenten la oposición.
m) La firma del interesado o de su representante.
n) El justificante de pago de la tasa de oposición, en su caso.
2. Cuando el derecho anterior tenga más de un titular, la oposición podrá ser presentada por una parte o por la totalidad de los titulares o personas autorizadas.
3. Los documentos y demás pruebas se adjuntarán en anexos que se numerarán consecutivamente. La presentación deberá incluir un índice que contenga, para cada documento o elemento de prueba presentado como anexo:
a) El número del anexo.
b) Una breve descripción del documento o del elemento y, si procede, el número de páginas.
c) Una indicación de las partes concretas del documento o elemento que invoca en apoyo de sus alegaciones, si procede.
d) El número de página de las alegaciones en la que se menciona el documento o el elemento.
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Proeli/es/rd/2025/12/26/1190#art-17