Art. 15
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 15

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En vigor desde 31 dic 2025
Se podrán presentar oposiciones ante la OEPM contra las solicitudes de registro de indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales de ámbito territorial supraautonómico, con base en alguna de las causas contempladas en el artículo 15.3 del Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023.
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