Art. Disposición transitoria sexta
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria sexta

41 / 45
En vigor desde 17 oct 2024
Exclusivamente para el año 2024, los plazos fijados para el 15 de septiembre, contemplados en el artículo 7, el artículo 8, el artículo 15.1, y el artículo 20.4, pasan a ser fijados para el 31 de octubre. Se añade por el .3 Real Decreto 1059/2024, de 15 de octubre. Ref. BOE-A-2024-21124

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2018/09/21/1179#disposicion-transitoria-sexta