Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria sexta
41 / 45En vigor desde 17 oct 2024
Exclusivamente para el año 2024, los plazos fijados para el 15 de septiembre, contemplados en el artículo 7, el artículo 8, el artículo 15.1, y el artículo 20.4, pasan a ser fijados para el 31 de octubre.
Se añade por el .3 Real Decreto 1059/2024, de 15 de octubre. Ref. BOE-A-2024-21124
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/09/21/1179#disposicion-transitoria-sexta