Art. Disposición derogatoria
Título TÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 30 sept 1987
Quedan derogadas las siguientes normas: a) El Decreto de 30 de mayo de 1952, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionarios de Administración Local, en todo aquello que afecte específicamente al régimen jurídico de los funcionarios locales con habilitación de carácter nacional. b) El Decreto 687/1975, de 21 de marzo, sobre regulación provisional de los Cuerpos Nacionales de Administración Local. c) Cuantas otras normas de igual o inferior rango se opongan a Io establecido en el presente Real Decreto. Redactada la letra b) conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 249, de 17 de octubre de 1987. Ref. BOE-A-1987-23479
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