Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 31 dic 2015
Quedan derogados los capítulos IV, V, VI, VII y VIII, así como las disposiciones adicionales primera y tercera y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
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