Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Selección de los funcionarios del Cuerpo
Art. 5
7 / 31En vigor desde 20 jun 1977
Las convocatorias de oposiciones a ingreso en el Cuerpo no podrán cubrir un número de plazas superior al previsto en el artículo tres, cuatro, del Decreto mil cuatrocientos once/mil novecientos sesenta y ocho, de veintisiete de junio.
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Proeli/es/rd/1977/04/01/1167#art-5