Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

9 / 192
En vigor desde 1 oct 1995
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de octubre de 1995.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1995/07/07/1165#disposicion-final-segunda