Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Definición de las cuentas anuales consolidadas
Art. 81
98 / 101En vigor desde 25 sept 2010
1. El estado de flujos de efectivo consolidado informa sobre el origen y la utilización de los activos monetarios representativos de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, clasificando los movimientos por actividades e indicando la variación neta de dicha magnitud en el ejercicio.
2. El estado de flujos de efectivo consolidado comprenderá con la debida separación, los cobros y los pagos de la sociedad dominante y de las sociedades dependientes, sin perjuicio de los ajustes y eliminaciones que procedan.
Además se integrarán en el estado de flujos de efectivo consolidado los cobros y pagos de las sociedades multigrupo a las que se aplique el método de integración proporcional, en el porcentaje que represente la participación del grupo en su capital social, sin perjuicio de los ajustes y eliminaciones que procedan.
3. Este documento se formulará teniendo en cuenta los apartados 1 a 11 de la norma de elaboración de las cuentas anuales 9.ª Estado de flujos de efectivo del Plan General de Contabilidad.
4. La clasificación de los flujos de efectivo en actividades de explotación, inversión y financiación, se hará considerando al grupo como una unidad, por lo que se eliminarán los flujos de efectivo por operaciones entre empresas del conjunto consolidable, en la parte que corresponda.
5. Figurarán de forma separada los pagos y cobros por inversiones y desinversiones en empresas del grupo y multigrupo netas de efectivo, en sociedades consolidadas, y en empresas asociadas.
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Proeli/es/rd/2010/09/17/1159#art-81