Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 17 nov 2001
En lo no previsto en el presente Real Decreto y en sus normas de desarrollo, la Comisión Asesora de Libertad Religiosa se regirá por lo dispuesto en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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