Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 4.ª Estudios posteriores a la autorización

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 28 ene 2022
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios facilitará el acceso al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a su base de datos de farmacovigilancia de medicamentos veterinarios.
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