Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional decimonovena
295 / 298En vigor desde 16 abr 2026
Las personas titulares de una autorización de residencia obtenida al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE y con el efecto de que se inicie la protección temporal, podrán solicitar las autorizaciones de estancia y residencia cuyo procedimiento pueda iniciarse desde territorio nacional previstas en este Reglamento, siguiendo los procedimientos previstos en el mismo, incluidas las contempladas en el artículo 125 y en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Se modifica por el art. único.10 del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril. Ref. BOE-A-2026-8284
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Proeli/es/rd/2024/11/19/1155#disposicion-adicional-decimonovena