Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional décima
286 / 298En vigor desde 20 may 2025
En las contrataciones de las personas extranjeras titulares de las autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada y titulares de estancia por estudios autorizadas para ejercer una actividad retribuida no se cotizará por la contingencia de desempleo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/11/19/1155#disposicion-adicional-decima