Art. 100
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 100

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En vigor desde 20 may 2025
Se halla en situación de residencia y trabajo para actividades de temporada la persona extranjera mayor de dieciséis años autorizada a residir en España y a ejercer actividades laborales por cuenta ajena por periodos máximos de nueve meses en un año natural, durante el periodo de vigencia de la autorización, para ejercer una actividad de temporada.
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eli/es/rd/2024/11/19/1155#art-100