Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 25 mar 2017
Las Consejerías de Educación son órganos técnicos de las Misiones Diplomáticas o Representaciones Permanentes de España que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.3 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, bajo la dependencia jerárquica del Embajador, dependen orgánica y funcionalmente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del citado Departamento, a la que corresponde definir las acciones y programas de actuación, su organización interna y dotación presupuestaria, así como su inspección técnica y control, sin perjuicio de las actuaciones de la inspección de servicios del Departamento. Se modifica por la disposición final 2.1 del Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo. Ref. BOE-A-2017-3187#df-2

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Pro

eli/es/rd/2002/10/31/1138#art-1