Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

9 / 16
En vigor desde 13 mar 2008
Los diplomas de español nivel A2 y nivel B1 darán derecho, respectivamente, al acceso al nivel Intermedio y al nivel Avanzado de las enseñanzas de régimen especial de español como lengua extranjera de las escuelas oficiales de idiomas. El diploma de español nivel B2 dará derecho al acceso a los cursos especializados de español como lengua extranjera de los niveles C1 y C2 que organicen las escuelas oficiales de idiomas. Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2008-4727 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2002/10/31/1137#disposicion-adicional-primera