Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 8 nov 2015
Los diplomas de español como lengua extranjera (DELE) podrán ser obtenidos por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas de examen establecidas. Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2015-12047#dfprimera .

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Pro

eli/es/rd/2002/10/31/1137#art-2