Art. 5
5 / 13En vigor desde 10 dic 2011
El Patronato estará integrado por los siguientes miembros:
1. Presidente: el Ministro de Cultura.
2. Vocales natos:
a) El Presidente de la Junta de Castilla y León.
b) El Consejero de Cultura de la Junta de Castilla y León.
c) El Subsecretario del Ministerio de Cultura.
d) El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.
e) Presidente de la Diputación de Valladolid.
f) Alcalde de Valladolid.
g) Rector de la Universidad de Valladolid.
h) Arzobispado de Valladolid.
i) Subdirector General de Museos Estatales.
j) Director del Museo Nacional de Escultura.
3. Vocales designados por el Ministro de Cultura:
a) Un miembro de la Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción de Valladolid, a propuesta de la Corporación.
b) Hasta ocho vocales designados entre personas de reconocido prestigio en el área de la historia, el arte y la museología.
4. El Vicepresidente del Patronato será el Presidente de la Junta de Castilla y León. El Vicepresidente podrá sustituir al Presidente en el ejercicio de sus funciones.
5. El Pleno del Patronato, a propuesta del Director del Museo Nacional de Escultura, designará un Secretario entre el personal adscrito al Museo, que actuará con voz pero sin voto.
6. Los vocales natos podrán ser sustituidos, en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa justificada, por suplentes pertenecientes a la misma organización o institución que los vocales suplidos.
Se modifica y renumera por el .2 y 4 del Real Decreto 1714/2011, de 18 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-19300 . Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/07/04/1136#art-5