Art. Disposición adicional primera
7 / 15En vigor desde 10 jul 2008
Quedan suprimidos los siguientes órganos:
a) Subdirección General de Fundaciones y Mecenazgo.
b) Subdirección General de Acción y Promoción Cultural.
c) Subdirección General de Comunicación Cultural con las Comunidades Autónomas.
d) Subdirección General del Instituto del Patrimonio Histórico Español.
e) La División de Estadística
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 189, de 6 de agosto de 2008. Ref. BOE-A-2008-13412
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Proeli/es/rd/2008/07/04/1132#disposicion-adicional-primera