Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Procedimiento especial en el caso de servicios anónimos
Art. Disposición final cuarta
33 / 33En vigor desde 21 dic 2023
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/rd/2023/12/19/1130#disposicion-final-cuarta