Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Procedimiento especial en el caso de servicios anónimos

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 21 dic 2023
La imposición de las sanciones reguladas en el artículo 195.7 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual se regirá por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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