Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones Generales sobre el procedimiento
Art. 12
12 / 33En vigor desde 21 dic 2023
La tramitación del procedimiento de restablecimiento de la legalidad, tanto ordinario como especial, se entiende sin perjuicio de las acciones civiles, penales y contencioso-administrativas que, en su caso, sean procedentes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/12/19/1130#art-12