Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 9 jul 2008
Mediante el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se estableció la del Ministerio de Economía y Hacienda, que determinó los órganos superiores y directivos en que queda organizado el departamento, siguiendo, a tal efecto, los criterios de eficacia y racionalización de estructuras para facilitar el desarrollo del programa económico del Gobierno. La disposición final segunda de la norma citada determinó la necesidad de completar la organización de cada ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un real decreto de desarrollo. Este real decreto da cumplimiento a la previsión anterior, desarrollando la estructura del Ministerio de Economía y Hacienda hasta el nivel de subdirección general, con los mismos criterios de racionalización orgánica del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril. Por otra parte y a efectos de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el presente real decreto mantiene vigentes las características y razones que justificaron la aplicación de la excepción prevista en dicha Ley en relación con el titular de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que la tiene reconocida en la estructura orgánica actualmente vigente del Ministerio de Economía y Hacienda. En su virtud, a iniciativa del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta de la Ministra de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de julio de 2008, D I S P O N G O :
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eli/es/rd/2008/07/04/1127#preambulo-pr